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TA.2/S: alta de un trabajador

Entiende el alta, la baja y las variaciones de trabajadores por cuenta ajena y quién debe comunicarlas a la TGSS.

Fuentes comprobadas · 03.11.2026

Elige el trámite adecuado

TA.2/S recoge altas, bajas y variaciones de trabajadores por cuenta ajena. Normalmente las comunica el empresario. Obtener un NUSS no equivale a dar de alta un empleo. El empleo de hogar tiene la vía TA.2/S-0138; el trabajo autónomo utiliza otro trámite.

Qué preparar

Prepara la identificación y el número de Seguridad Social del trabajador, el código de cuenta de cotización (CCC) del empresario, las fechas y los datos del contrato. Comprueba aparte la autorización de trabajo necesaria. El alta debe reflejar la relación laboral real.

Campos del formulario

Alta indica el inicio, baja el cese y variación de datos una modificación. La fecha de inicio o cese corresponde al hecho real. El CCC identifica la cuenta de cotización empresarial, no el NUSS del trabajador. Sigue las instrucciones oficiales de cada campo aplicable.

Cómo presentar

El empresario o su autorizado comunica normalmente por Sistema RED o el servicio electrónico de TGSS que corresponda. Tramita el alta antes del inicio del trabajo. Para bajas y variaciones, revisa el plazo vigente del hecho concreto. Descargar el PDF no completa el alta electrónica.

Después de presentar

Conserva la comunicación aceptada y comprueba el alta o la vida laboral. Si el empresario no da de alta el empleo, consulta a TGSS la vía de solicitud del trabajador, incluido TA.2/T cuando proceda. TA.4 corrige la vida laboral; no sustituye la obligación empresarial de alta.

Fuentes oficiales

TGSS · TA.2/STGSS · Modelos TATGSS · Altas, bajas y variaciones