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Modelo 720: declaración de bienes y derechos en el extranjero

Obligación informativa, documentos, presentación online y diferencia entre modelos 720 y 721.

Fuentes comprobadas · 03.11.2026

Para qué sirve y cuándo usarlo

El modelo 720 informa sobre determinados bienes y derechos en el extranjero: cuentas, ciertas inversiones y seguros, e inmuebles. Informar no equivale a pagar un impuesto. Comprueba residencia, exenciones y cada bloque de bienes.

Qué preparar

Reúne datos de cuentas y entidades, saldos de cierre y promedios pertinentes, valores y fechas de adquisición, porcentajes, inversiones, seguros, inmuebles y anteriores modelos 720.

Campos en español que debes revisar

Revisa claves de bien y titularidad, país, valoración y si el registro es nuevo, previamente declarado o extinguido. No basta con sumar todo el patrimonio mundial sin analizar cada bloque.

Comprueba los límites de cada bloque

El límite inicial habitual es superar 50.000 € en el bloque de información correspondiente, no una franquicia conjunta para todos los bienes. Se aplican pruebas diferentes de saldo y valoración. En años posteriores puede surgir obligación por un aumento superior a 20.000 € respecto de la última declaración obligatoria o por extinguir una posición previamente declarable. Revisa separadamente exenciones y reglas de regímenes especiales.

Cómo presentarlo por tu cuenta

Abre el servicio oficial de la AEAT indicado abajo y elige el ejercicio y período correctos. Identifícate con un método admitido por ese servicio o mediante un representante autorizado. Cumplimenta, valida, corrige los errores que impidan presentar y revisa los avisos. Selecciona la opción de pago o resultado adecuada. Finaliza tú mismo la firma y el envío oficiales. Descarga la declaración presentada y el justificante con su código de verificación; un borrador, una vista previa o un pago por sí solos no acreditan la presentación. Utiliza el formulario o fichero oficial compatible. Guardar la sesión no presenta la declaración. Comprueba los registros aceptados y corrige omisiones o errores mediante el procedimiento de la AEAT.

Plazos y pago

El período ordinario es del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente. La reiteración depende de aumentos desde la última declaración obligatoria y de extinciones: ni repetir siempre ni no volver a declarar son reglas universales.

Errores frecuentes y siguientes pasos

El 720 no informa sobre monedas virtuales; el modelo 721 es un procedimiento separado cuando resulte exigible. No supongas exención por el tipo de visado o por una solicitud pendiente del régimen especial.

Fuentes oficiales

AEAT · Modelo 720AEAT · Formulario electrónicoBOE · Orden HAP/72/2013AEAT · Preguntas frecuentes y plazos