La vía de teletrabajo internacional permite a determinados nacionales de terceros países residir en España mientras desarrollan una actividad remota vinculada a empresas del extranjero. No basta con trabajar con un ordenador: hay que acreditar la relación, la cualificación y las condiciones concretas de la actividad.
Empleado o profesional independiente
Identifica primero si existe una relación laboral o profesional. Un empleado trabaja para la empresa extranjera que sustenta su solicitud. Un profesional independiente acredita sus contratos y debe respetar las condiciones de actividad previstas para esta modalidad, incluido el límite aplicable a clientes españoles.
Si eres propietario de la empresa, explica participación, control y funciones reales. Recibir una cantidad llamada salario no demuestra por sí solo que debas clasificarte como empleado. Esta decisión influye en la documentación y en la Seguridad Social.
Empresa, relación y cualificación
El expediente debe acreditar actividad real y continuada de la empresa durante al menos un año y, con las particularidades del supuesto, una relación previa de al menos tres meses. Comprueba los documentos oficiales y contractuales que permiten demostrarlo.
Se exige titulación adecuada o experiencia profesional equivalente en los términos de la norma. Un currículum ayuda a ordenar la trayectoria, pero no sustituye los certificados que la acreditan. Si se trata de una profesión regulada, revisa también sus requisitos específicos.
La carta empresarial debe describir las funciones, el carácter remoto y las condiciones para trabajar desde España. Evita fórmulas vagas que no expliquen qué haces o por qué no necesitas acudir presencialmente al país de origen.
Medios económicos
La referencia se vincula al salario mínimo interprofesional y aumenta cuando se incluyen familiares. Consulta la guía de ingresos para teletrabajadores para organizar el cálculo y las pruebas. No confundas un saldo bancario aislado con ingresos derivados de la actividad presentada.
Prepara contratos, nóminas o facturas y movimientos bancarios que puedan relacionarse entre sí. Explica diferencias por comisiones, retenciones o moneda. Una tabla sencilla con fecha, pagador y documento facilita comprender la información sin sustituir los justificantes originales.
Seguridad Social y salud
Resuelve cómo se cumplirá la obligación de cotizar antes de presentar. En empleados, puede requerirse que la empresa extranjera se registre para el alta española, salvo cobertura internacional válida y acreditada. Para profesionales, las instrucciones actuales de la UGE exigen atender el alta en RETA.
La cobertura sanitaria debe quedar igualmente acreditada según el caso. Un seguro privado no sustituye una obligación de Seguridad Social. Consulta qué seguro sirve para un visado antes de comprar una póliza únicamente por su nombre comercial.
Desde fuera o desde España
Desde el extranjero se tramita el visado en el consulado competente; su duración máxima ordinaria es un año, condicionada al periodo de trabajo. Desde España, encontrándose en situación regular, puede solicitarse la autorización de residencia, de hasta tres años según el supuesto.
Comprueba la situación legal y el procedimiento antes de viajar. Entrar como visitante no garantiza que puedas obtener después la residencia. Reserva margen para reunir documentos, presentar correctamente y responder a un requerimiento sin depender de una fecha de viaje inflexible.
Preparar el expediente
- Pasaporte completo y documentación de situación legal.
- Contrato, carta de trabajo remoto y pruebas de actividad empresarial.
- Titulación o acreditación de experiencia.
- Justificantes económicos y bancarios coherentes.
- Documentación de Seguridad Social y cobertura sanitaria.
- Antecedentes, declaraciones y documentos familiares cuando proceda.
Revisa apostillas, traducciones, firmas y vigencia antes del envío. Guarda una copia de la versión presentada y el justificante. Si actúa un representante, confirma quién recibirá notificaciones y cómo te comunicará los plazos para responder.
Familia y llegada
La Ley 14/2013 contempla familiares que cumplan sus condiciones, con acreditación del vínculo y, cuando corresponda, dependencia. No traslades automáticamente los criterios de la reagrupación general a esta vía. Prepara documentos e ingresos para todas las personas incluidas.
Tras la concesión, organiza entrada, identificación de residencia, altas y domicilio según tu resolución. Revisa por separado los impuestos: la autorización no concede automáticamente un régimen fiscal especial. Conserva la documentación durante toda la residencia y comunica los cambios relevantes de actividad, empresa o situación familiar por el procedimiento correspondiente.
Fuentes y consulta oficial
- UGE: teletrabajadores internacionales.
- UGE: documentación de teletrabajadores internacionales.
- UGE: preguntas frecuentes sobre teletrabajo.
- BOE: Ley 14/2013, texto vigente.
- Exteriores: legalización y apostilla.
Información general revisada el 20 de octubre de 2026. Comprueba las condiciones vigentes de los servicios y trámites antes de organizar tu traslado.