La reagrupación familiar del régimen general permite a determinados residentes extranjeros solicitar que sus familiares vivan en España. El procedimiento tiene una fase de autorización y, normalmente, otra consular. Esta guía explica esa vía concreta; no sustituye las reglas de familiares de españoles, ciudadanos de la Unión o titulares de autorizaciones de UGE.
Comprueba que el régimen corresponde
Lee tu resolución de residencia e identifica la autorización del reagrupante. No basta con que el titular no sea español para concluir que siempre se utiliza EX-02. La movilidad internacional, por ejemplo, dispone de reglas familiares propias.
La guía general de vías de reagrupación familiar ayuda a comparar esos regímenes. Una vez identificado el correcto, prepara una lista de requisitos por cada familiar, porque edad, vínculo y dependencia pueden cambiar el expediente.
Residencia previa del reagrupante
La regla ordinaria permite presentar cuando se ha residido en España al menos un año y se ha solicitado autorización para residir otro. La concesión al familiar queda vinculada a la renovación efectiva que corresponda. No es exactamente lo mismo esperar a la resolución que esperar a recoger una nueva TIE.
La reagrupación de ascendientes requiere, con carácter general, larga duración del reagrupante y otras condiciones específicas. Comprueba las excepciones aplicables. Planifica ambos expedientes de forma coordinada, sin adelantar una fase que todavía no puede completarse.
Vínculos familiares admitidos
Pueden contemplarse cónyuge, pareja registrada o relación estable acreditada, hijos menores y determinados mayores o representados. Los ascendientes deben cumplir requisitos de dependencia, edad y justificación; no se incorporan solo porque quieran vivir cerca.
Para parejas estables no registradas, la ficha exige normalmente acreditar al menos doce meses de convivencia continuada, con una excepción cuando existe descendencia común y se mantiene el vínculo. Revisa además matrimonios anteriores y documentación de disolución cuando corresponda.
Ingresos fijos y regulares
La referencia ordinaria es el 150 % del IPREM para dos integrantes, incluido el reagrupante, más el 50 % por cada persona adicional. Existen reglas de reducción para menores y representados. Calcula la unidad familiar correcta y consulta el indicador aplicable al presentar.
Un trabajador puede aportar contrato y nóminas; una persona autónoma necesita documentación coherente con su actividad y rendimientos. No presentes una transferencia puntual como sustituto automático de ingresos regulares. Explica procedencia y disponibilidad de los recursos.
Vivienda y cobertura sanitaria
Solicita información sobre el informe de vivienda adecuada a la autoridad competente. Comprueba condiciones, documentación y tiempos de emisión. El alquiler puede servir, pero debe acreditarse el uso del alojamiento y su adecuación.
Revisa cómo demostrar cobertura sanitaria para todos los miembros. Si corresponde cobertura pública, prepara la acreditación; si necesitas seguro privado, verifica sus condiciones. La póliza más barata o un seguro turístico no garantizan cumplir el requisito.
Documentos y solicitud EX-02
Prepara identificación del titular y familiares, prueba del vínculo, recursos, vivienda y demás documentación exigida. En menores, revisa custodia y consentimiento del otro progenitor cuando sea necesario. Los certificados extranjeros pueden necesitar apostilla o legalización y traducción.
Descarga el formulario vigente y selecciona la actuación correcta. Comprueba tasa y representación, presenta ante el órgano competente y guarda el registro. Si recibes un requerimiento, responde en ese mismo expediente y conserva la prueba de envío.
La fase consular
Una autorización favorable no es el final del traslado. El familiar debe tramitar el visado cuando corresponda, respetando el plazo de solicitud y las instrucciones del consulado. Revisa antecedentes, certificado médico y documentos específicos antes de reservar un viaje definitivo.
Tras obtener el visado, comprueba validez y plazo de entrada. Después de llegar, realiza la TIE y los trámites de instalación. La guía de visado familiar desarrolla la transición entre autorización y llegada.
Trabajo y continuidad
La autorización puede habilitar a determinados familiares para trabajar, conforme a edad y condiciones legales. Comprueba el alcance concreto antes de comenzar. Organiza renovaciones y conserva pruebas de escolarización y cobertura sanitaria cuando sean pertinentes.
Si cambia la relación, fallece el reagrupante o un hijo alcanza condiciones para residencia independiente, revisa las opciones sin esperar a la caducidad. La residencia independiente de hijos tiene requisitos propios y no aparece automáticamente al cumplir dieciocho años.
Fuentes y consulta oficial
- Migraciones: reagrupación familiar.
- BOE: Reglamento de Extranjería vigente.
- Migraciones: residencia independiente de familiares.
- Exteriores: legalización y apostilla.
Información general revisada el 20 de octubre de 2026. Comprueba las condiciones vigentes antes de actuar. Este contenido no sustituye el asesoramiento jurídico, migratorio o fiscal individual de un profesional habilitado.